Son las infracciones criminales que el Código Penal (CP) castiga con condenas leves.
- La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 3 meses a 1 año.
- La privación del derecho a la posesión y tenencia de armas de 3 meses a 1 año.
- Inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, arte o comercio que tenga relación con animales y para la tenencia de animales de 3 meses a 1 año.
- La privación del derecho a residir en determinados lugares o acercarse por menos tiempo de 6 meses.
- La prohibición de acercarse a la víctima o a sus familiares o a otras personas determinadas por el juez o el tribunal de 1 mes a menos de 6 meses.
- La prohibición de comunicarse con la víctima o con sus familiares o con otras personas determinadas por el juez o el tribunal de 1 mes a menos de 6 meses.
- Multa de hasta 3 meses.
La localización permanente de 1 día a 3 meses. - Los trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días.
Los delitos leves están dispersos a lo largo del CP. Entre estos delitos podemos destacar:
El delito de homicidio por imprudencia menos grave del artículo 142.2 CP, que se sanciona con multa de 3 a 18 meses.
Por ejemplo, la muerte de un peatón causada por un accidente de tráfico cuando la imprudencia del conductor no se pueda considerar grave.
El delito de lesiones leves del artículo 147.2 CP que se sanciona con multa de 1 a 3 meses.
Por ejemplo, la lesión causada a otra persona que requiere más que una primera asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico.
El delito leve de defraudación del fluido eléctrico, gas, agua, telecomunicaciones u otra energía del artículo 255 CP que se sanciona con multa de 3 a 12 meses.
Por ejemplo, utilizar una conexión de luz o agua ajena para el suministro propio.
Sí. Con la Ley 1/2015, de 30 de marzo, que reformó el CP del 1995, a partir del 1 de julio de 2015 desaparece la posibilidad de calificar las infracciones criminales como faltas, que no generaban antecedentes.
Por tanto, todos los delitos del CP comportan antecedentes penales. También los delitos leves.
Para cancelarlos, deberemos esperar 6 meses desde el cumplimiento de la condena impuesta y solicitarlo al Ministerio de Justicia.
Analizando hasta el más mínimo detalle las pruebas que pueden presentarse hasta el mismo día del juicio.
A diferencia de otros procedimientos penales, en el juicio por delitos leves no hay una fase de investigación judicial, sino que, una vez la policía judicial ha recopilado las pruebas, se citan a juicio las partes y los posibles testigos.