Actualmente, el Estado ha delegado a las empresas la capacidad de autorregular los riesgos penales derivados de su actividad empresarial.
Con el modelo de prevención del delito (MPC) la empresa contribuirá a esclarecer la realidad del delito y la identidad de los responsables, así como el destino y la recuperación de los efectos del delito.
Las empresas son, por tanto, penalmente responsables, por ejemplo, de los delitos contra la intimidad, delitos contra la propiedad intelectual o industrial, estafas, daños informáticos, delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.
Para evitar este riesgo es fundamental que el MPD se adecue a tu empresa, incluya medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducirlos de manera significativa y, especialmente, que sea eficaz. Para que lo sea deberá de:
- Identificar las actividades de riesgo.
- Establecer protocolos o procedimientos de trabajo.
- Definir los recursos necesarios.
- Advertir al órgano pertinente de los posibles incumplimientos.
- Implementar un sistema disciplinario.
- Verificar periódicamente el modelo y adaptarlo cuando sea necesario.