Recordáis aquel spot publicitario de la DGT, allá por 1985, en el que Steve Wonder, desde la parte posterior de su descapotable, nos cantaba: “DOOON’T, DRIVED, DRUNK”, terminando el anuncio con el mismo mensaje traducido con un acento especial: “Si bebes, noooo, conduskassss.” Ese anuncio tuvo un gran éxito.
Veréis: la verdad es que no pretendo que cantéis ninguna canción, pero sí me gustaría que al terminar este artículo les digáis a vuestros familiares, amistades, compañeros de trabajo, empleados…: “Oye, en la próxima cena de empresa, mejor nos vamos en taxi.”
Según el Instituto Nacional de Estadística, en el año 2016 el número de adultos condenados por sentencia firme fue de 271.526. De estos, el 23,8% lo fueron por delitos relacionados con la seguridad vial. Haced cuentas: 64.623,18 condenas en un año. Podéis imaginar que este delito es el que más se repite en los juzgados. Y me atrevería a decir que más del 50% de las condenas, unas 40.000, lo son por la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas. Más de 100 condenas al día.
El trabajo de los abogados en este tipo de asuntos es limitado. La verdad es que hay pocas estrategias de defensa. No me parece mal, dada la gravedad de las conductas, pero deberíamos reducir tantas condenas.
Cualquiera de nosotros puede encontrarse en situación si subestimamos los efectos del alcohol y nos ponemos al volante en condiciones, digamos, “inadecuadas”, tras una cena de empresa. Al doblar la primera esquina, nos encontraremos a la policía. Y si le tocamos una serenata con el etilómetro de mano y superamos los 0,60 mg/l, estamos listos: denuncia, vehículo inmovilizado y al juzgado.
¿Qué sucederá en el juzgado?
Lo que hace un abogado cuando llega al juzgado es ir a por el atestado policial. Hay que analizar el resultado de los test de alcoholemia. Si la tasa no supera los 0,63 mg/l, “bingo”, tenemos posibilidades de absolución, por aplicación de los márgenes de error sobre los mecanismos de control. Hoy, pasa pocas veces. La fiscalía te lo afina.
También revisamos el acta de sintomatología elaborado por la policía. Si hay suerte y el agente no ha sido muy cuidadoso en la descripción de nuestro comportamiento, podemos aprovecharlo. Si, por el contrario, la ha tomado con nosotros y refiere “camina con dificultad, habla pastosa, ojos vidriosos, pregunta lo mismo en repetidas ocasiones… no se entera”, va a haber condena.
Quedarnos sin posibilidad de conducir durante más de medio año es un cambio en nuestras vidas difícil de asimilar, así que recordad: “Si bebes, no conduzcas.” Alto y claro.